Reglamento a Bordo · Versión 1.0 · 202621 capítulosNOM-034-SEMAR-2024SOLAS · MARPOL · COLREG-72

Protocolo de seguridad, cuidado y conducta a bordo

Lineamientos operativos, legales y de conducta aplicables a toda la flota de yates y catamaranes operada por YACHTSMX® en La Paz y Cabo San Lucas, Baja California Sur. Alineado con la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, las Normas Oficiales Mexicanas emitidas por SEMAR y los convenios internacionales SOLAS y MARPOL.

Nuestro compromiso

La seguridad en el mar es una condición del charter

Este Reglamento establece el compromiso de YACHTSMX® con la salvaguarda de la vida humana en el mar, la protección del patrimonio marino del Golfo de California y la excelencia operativa en cada zarpe. Su cumplimiento es condición esencial del contrato de charter y aplica, sin excepción, a clientes, huéspedes, tripulación y proveedores que aborden cualquier embarcación bajo nuestra operación.

El capitán es la máxima autoridad a bordo. Sus decisiones sobre clima, ruta y seguridad son definitivas durante todo el servicio.

Pilares del protocolo

Lo esencial antes de zarpar

Un resumen de los puntos que más importan a bordo. El texto completo está abajo, capítulo por capítulo.

El capitán decideHora de zarpe, ruta, actividades acuáticas y, sin importar el estatus del puerto, si se acorta la travesía o se regresa por clima.
Equipo certificadoSalvamento, contra incendios, comunicación VHF y navegación conforme a NOM-034-SEMAR-2024, inspeccionado antes de cada zarpe.
Briefing obligatorioAntes de cada zarpe, para todas las personas a bordo, sin excepción: chalecos, puntos de reunión, señales y hombre al agua.
Política climáticaLa Capitanía de Puerto abre y cierra puertos. Con cierre, el zarpe se reagenda sin costo. Coromuel en La Paz y vientos del norte en Cabo.
EmergenciasTripulación capacitada en hombre al agua, incendio, falla mecánica, emergencia médica y abandono de embarcación.
Actividades acuáticasNadar, snorkel, paddle, kayak o tender solo con autorización expresa del capitán. Nunca nadar solo.
Menores a bordoSiempre supervisados por un adulto responsable, con chaleco de su talla en actividades acuáticas y cubiertas sin barandal completo.
Sin dejar rastroCompromiso MARPOL, brazalete CONANP en Espíritu Santo y observación responsable de fauna.

Capítulos I, II y IV

Alcance, marco legal y responsabilidades

A quién aplica este Reglamento, bajo qué normas operamos y qué corresponde a cada parte a bordo.

I · Objeto y ámbito de aplicación

El objeto de este Reglamento es establecer los protocolos de seguridad, medidas de prevención de riesgos, estándares de cuidado del patrimonio náutico y conducta esperada a bordo para embarcaciones recreativas, de turismo náutico y de charter operadas por YACHTSMX® en las marinas y aguas adyacentes de La Paz y Cabo San Lucas, Baja California Sur, así como en rutas autorizadas dentro del Mar de Cortés.

Este Reglamento es obligatorio para:

  • El charterer o cliente principal que contrata el servicio.
  • Todos sus invitados, acompañantes o pasajeros, incluidos los menores bajo su responsabilidad.
  • El capitán y la tripulación asignados a la embarcación.
  • Cualquier proveedor externo que aborde con autorización (catering, fotografía, música en vivo, instructores).

I · Aceptación

La aceptación se considera otorgada al firmar el contrato de charter, confirmar la reserva por medios digitales o abordar la embarcación, lo que ocurra primero. El desconocimiento de este Reglamento no exime a ninguna persona de cumplir con las medidas de seguridad ni de las consecuencias por incumplimiento.

II · Marco legal aplicable

YACHTSMX® opera bajo el marco legal que rige la navegación, seguridad marítima y protección al consumidor en los Estados Unidos Mexicanos. Este Reglamento se interpreta y aplica en armonía con las siguientes normas, en su versión vigente al momento del zarpe.

Legislación federal mexicana:

  • Ley de Navegación y Comercio Marítimos y su Reglamento.
  • Ley General de Bienes Nacionales, respecto de la zona federal marítimo-terrestre y aguas nacionales.
  • Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y Ley General de Vida Silvestre.
  • Ley Federal de Protección al Consumidor.
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
  • Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales y demás disposiciones sobre áreas naturales protegidas.

II · Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicables

La Autoridad Marítima Nacional, ejercida por la Secretaría de Marina (SEMAR) a través de la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos, supervisa el cumplimiento de las siguientes normas oficiales, entre otras:

  • Equipo mínimo de seguridad, comunicación y navegación para embarcaciones mexicanas de hasta 15 metros (sustituye a NOM-034-SCT4-2009).
  • Equipo mínimo de seguridad para embarcaciones menores con propulsión fuera de borda o remos.
  • Especificaciones técnicas aplicables a aros salvavidas.
  • Especificaciones técnicas aplicables a chalecos salvavidas.
  • Equipo de protección personal para respuesta a incendios e incidentes con mercancías peligrosas a bordo.
  • Gestión de seguridad operacional y prevención de contaminación para embarcaciones y artefactos navales.
  • Terminología marítimo-portuaria.

II · Convenciones internacionales

Nota regulatoria: las embarcaciones operadas por YACHTSMX® cuentan con certificado vigente de matrícula y póliza de responsabilidad civil conforme al Reglamento de la Capitanía de Puerto correspondiente, y están sujetas a inspecciones periódicas para verificar el cumplimiento de las normas señaladas.

  • Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), del cual México es Estado Parte.
  • Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL).
  • Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes en el Mar (COLREG-72).

IV · Responsabilidades de YACHTSMX

  • Mantener cada embarcación con matrícula vigente, permisos de operación y póliza de seguro ante la Capitanía de Puerto correspondiente.
  • Asegurar que el equipo mínimo de seguridad requerido por la NOM-034-SEMAR-2024 esté a bordo, certificado y en condiciones operativas.
  • Asignar tripulación con documentación marítima vigente y capacitación adecuada al tipo y eslora de la embarcación.
  • Realizar inspecciones técnicas y mecánicas antes del zarpe y registrarlas en la bitácora.
  • Suspender o reagendar la navegación cuando las condiciones climáticas, estado del mar o disposición de Capitanía lo justifiquen.
  • Salvaguardar los datos personales del cliente conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

IV · Autoridad del capitán

El capitán es la máxima autoridad a bordo. En el ejercicio de sus funciones, está facultado para:

  • Decidir la hora del zarpe y la ruta a seguir con base en condiciones climáticas, carta náutica y disposiciones de Capitanía.
  • Restringir el acceso a áreas operativas de la embarcación (puente, sala de máquinas, cocina técnica).
  • Suspender, modificar o cancelar cualquier actividad acuática cuando haya riesgo razonable para personas o embarcación.
  • Solicitar el desembarque de cualquier persona que ponga en peligro la seguridad a bordo, tenga conducta agresiva o se niegue a cumplir este Reglamento.
  • Documentar cualquier incidente en la bitácora y reportarlo a la autoridad competente cuando aplique.

IV · Responsabilidades del charterer

  • Entregar lista completa y veraz de pasajeros antes del zarpe, incluyendo identificación oficial, edad y nacionalidad.
  • Compartir el contenido de este Reglamento con todos los huéspedes y asumir responsabilidad conjunta por su conducta a bordo.
  • Reportar a la tripulación cualquier condición médica relevante de los pasajeros (alergias, condiciones cardiacas, embarazo, movilidad reducida, alergias a medicamentos) que requiera atención prioritaria.
  • Cumplir las decisiones del capitán y tripulación sin excepción durante todo el evento.
  • Cubrir, conforme al Capítulo XIV, cualquier daño causado a la embarcación, su mobiliario, electrónica a bordo, juguetes acuáticos o accesorios por uso indebido o negligente.

IV · Huéspedes y pasajeros

Toda persona a bordo debe observar las medidas de seguridad descritas en el briefing inicial y obedecer instrucciones de la tripulación. El desconocimiento, ánimo o consumo de bebidas no excusará incumplimientos.

Capítulos V a VIII

Equipo, abordaje y navegación

El equipo que llevamos a bordo, lo que pedimos antes de zarpar y cómo moverse en cubierta.

V · Equipo mínimo de seguridad a bordo

Cada embarcación de la flota YACHTSMX® porta el equipo de salvamento, contra incendios y navegación requerido por la NOM-034-SEMAR-2024 para embarcaciones de turismo náutico, según la eslora y la zona de operación.

Equipo mínimo de salvamento, comunicación y navegación (categoría, elemento y provisión):

  • Salvamento individual · Chalecos salvavidas conforme a NOM-006-SCT4-2006: uno por cada persona a bordo, más repuestos. Tallas adulto, niño e infante. Ubicación visible con acceso inmediato.
  • Salvamento colectivo · Aros salvavidas conforme a NOM-005-SCT4-2006: mínimo dos aros con línea flotante de 30 metros y luz auto-igniciable, según eslora.
  • Salvamento colectivo · Balsa salvavidas auto-inflable: para embarcaciones que la requieran por eslora o ruta, con servicio vigente.
  • Contra incendios · Extintores portátiles certificados: distribuidos en sala de máquinas, cocina, puente y camarotes, con vigencia anual de recarga.
  • Comunicación · Radio marina VHF con canales de emergencia 16 y 70 (DSC): permanentemente operativa, con respaldo de puente y portátil.
  • Comunicación · EPIRB: embarcaciones mayores y travesías oceánicas.
  • Señalización · Bengalas de mano y cohetes paracaídas: mínimo seis señales pirotécnicas con vigencia de caducidad.
  • Navegación · GPS, compás magnético, cartas náuticas vigentes: equipo redundante y operativo en el puente.
  • Primeros auxilios · Botiquín alineado a mejores prácticas marítimas: material de curación, analgésicos, antihistamínicos, antieméticos, antiséptico y oxígeno portátil cuando aplique.
  • Control de averías · Bomba de achique, lámparas estancas y herramientas básicas: inspeccionado en cada zarpe.

V · Uso del equipo de seguridad

La tripulación está capacitada en el uso de cada uno de estos elementos. Los pasajeros no deben manipular el equipo de seguridad salvo bajo instrucción expresa del capitán o durante una emergencia activa.

VI · Pre-abordaje: documentación requerida

El charterer debe entregar a YACHTSMX® al menos veinticuatro (24) horas antes del zarpe:

  • Lista de pasajeros con nombre completo, edad, nacionalidad y número de identificación oficial vigente.
  • Datos de contacto en tierra de una persona responsable que no aborde, solo para uso de emergencia.
  • Información médica relevante: alergias, condiciones cardiacas, embarazo, movilidad reducida, alergias a medicamentos.
  • Pago total del charter antes del zarpe, conforme a la política comercial vigente.

VI · Llegada al muelle

Se solicita a los pasajeros llegar al punto de abordaje al menos treinta (30) minutos antes. La tripulación realizará:

  • Verificación de identidad de cada pasajero.
  • Confirmación del manifiesto con el charterer.
  • Inspección visual no invasiva de equipaje, rechazando el abordaje de artículos prohibidos (Capítulo X).
  • Entrega de toallas, instrucciones de marina y ubicación de sanitarios.

VI · Calzado y vestimenta

Para proteger teca, gelcoat y otros materiales de cubierta de alto desempeño, se requiere calzado de suela suave antiderrapante. No se permiten tacones, suelas de hule negro ni zapatos con piedras incrustadas. La tripulación puede proveer alternativas cuando sea necesario.

Aviso de la Marina: la Secretaría de Marina realiza inspecciones aleatorias en puntos de abordaje y durante la navegación para verificar cumplimiento regulatorio. El charterer y huéspedes deben cooperar plenamente con el personal naval. El tiempo derivado de estas inspecciones no será imputable a YACHTSMX®.

VII · Briefing de seguridad obligatorio

Antes de cada zarpe, el capitán o un miembro de tripulación proporcionará un briefing breve y obligatorio para todas las personas a bordo, sin excepción. Como mínimo cubre:

Negarse a recibir el briefing es causa suficiente para que el capitán retrase o cancele el zarpe sin responsabilidad para YACHTSMX®.

  • Ubicación y uso correcto de chalecos salvavidas para adultos, niños e infantes.
  • Ubicación de aros salvavidas, balsas, extintores y botiquín.
  • Puntos de reunión en cubierta y rutas de evacuación.
  • Señales auditivas y visuales que indican emergencia.
  • Áreas restringidas: puente, sala de máquinas, áreas de flybridge sin barandales y proa durante navegación.
  • Instrucción de no arrojar objetos sólidos, líquidos o colillas al mar, conforme a MARPOL.
  • Procedimiento ante hombre al agua.
  • Método de comunicación con la tripulación durante la travesía.

VIII · Conducta en navegación: reglas generales

  • Mantener una mano de apoyo al moverse en cubierta mientras la embarcación está en marcha.
  • No correr en cubiertas mojadas ni saltar entre cubiertas.
  • No sentarse, acostarse ni recargarse en barandales, defensas o púlpitos.
  • No colocar manos o pies sobre las regalas durante la navegación.
  • Respetar instrucciones de la tripulación durante maniobras de atraque, fondeo y zarpe.

VIII · Áreas restringidas

El acceso a las siguientes áreas está reservado al capitán y tripulación:

  • Puente y consola de mandos.
  • Sala de máquinas y compartimentos técnicos.
  • Cocina profesional durante el servicio.
  • Botalón, proa exterior y plataformas elevadas mientras la embarcación está en marcha.

VIII · Música, drones y contenido audiovisual

El audio a bordo es bienvenido siempre que respete a pasajeros, embarcaciones vecinas y fauna marina. La tripulación moderará el volumen al entrar a áreas naturales protegidas o cuando haya mamíferos marinos cerca. La operación de drones requiere autorización escrita previa y está estrictamente prohibida sobre el Parque Nacional Archipiélago Espíritu Santo y Cabo Pulmo, conforme a las disposiciones de CONANP.

Capítulos IX a XIII

Huéspedes, actividades y clima

Menores, alcohol, actividades acuáticas, pertenencias y la política climática. El capitán tiene la última palabra sobre clima y seguridad.

IX · Menores a bordo

YACHTSMX® da la bienvenida a familias y permite menores a bordo bajo los siguientes términos:

  • Todo menor debe ir acompañado y supervisado en todo momento por un padre, tutor legal o adulto responsable expresamente designado.
  • La responsabilidad por el cuidado, conducta y seguridad del menor recae enteramente en el charterer y el adulto responsable. La tripulación no asume funciones de niñera o cuidado infantil.
  • Los menores deben usar chaleco salvavidas de su talla en todo momento durante actividades acuáticas y siempre que estén en cubiertas exteriores sin barandales protectores completos.
  • Se prohíbe a los menores el acceso a áreas técnicas o manipular controles, palancas, válvulas, cabos o equipo de la embarcación.
  • Servir o consumir bebidas alcohólicas por parte de menores está estrictamente prohibido conforme a la ley mexicana.

IX · Deslinde

El charterer libera a YACHTSMX®, la embarcación, su propietario, capitán y tripulación de toda responsabilidad por accidentes, lesiones o eventos sufridos por un menor como consecuencia de falta de supervisión adulta, exposición voluntaria a riesgos o incumplimiento de instrucciones de la tripulación.

X · Alcohol

El consumo moderado de bebidas alcohólicas está permitido para adultos en edad legal. La exposición solar prolongada, deshidratación y movimiento del mar amplifican los efectos del alcohol y reducen los tiempos de reacción. La tripulación se reserva el derecho de suspender el servicio a quien muestre signos evidentes de intoxicación, y entrar al agua o usar juguetes náuticos en estado de embriaguez está estrictamente prohibido.

X · Tabaco

Por la naturaleza inflamable de materiales y combustibles a bordo, fumar está prohibido en el interior de la embarcación, camarotes, salones, cocina y cerca de la sala de máquinas. El tabaco se permite solo en áreas exteriores designadas por la tripulación, con uso obligatorio del cenicero provisto a bordo. Arrojar colillas al mar está estrictamente prohibido.

X · Sustancias ilegales

La introducción, posesión, consumo o tráfico de sustancias prohibidas por la ley mexicana está absolutamente prohibido. Su mera presencia autoriza al capitán a regresar a puerto de inmediato, notificar a la autoridad competente y terminar el servicio sin reembolso. Las consecuencias legales recaen enteramente en el portador y, en su caso, el charterer.

X · Armas

Abordar con armas de fuego, armas blancas, explosivos o cualquier otro objeto considerado peligroso por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos está estrictamente prohibido, salvo personal naval o de seguridad pública en el ejercicio de sus funciones.

XI · Autorización previa del capitán

Cualquier actividad fuera de la embarcación (natación libre, snorkel, paddleboarding, kayak, banana, tubing, jet ski, buceo o descenso al tender) requiere autorización expresa del capitán. El capitán evaluará corriente, viento, profundidad, tráfico marino y proximidad de fauna antes de permitir la actividad.

XI · Natación y snorkel

  • Nunca nadar solo. Mantener contacto visual continuo con la embarcación y con un acompañante.
  • Usar chaleco salvavidas o boya de natación cuando lo indique el capitán, especialmente para niños y nadadores intermedios.
  • Respetar la distancia indicada de la hélice y zona de popa.
  • Evitar tocar, perseguir o alimentar fauna marina (Capítulo XVI).

XI · Buceo con tanque

El buceo SCUBA solo se permite con certificación vigente PADI, NAUI o SSI, bajo supervisión de instructor certificado y en áreas autorizadas. YACHTSMX® no otorga certificaciones; cuando aplique, puede referir al cliente a proveedores autorizados.

XI · Juguetes náuticos y tenders

El uso de inflables remolcados, jet skis, motos acuáticas, seabobs, hydrobikes, tablas eléctricas y tenders motorizados está condicionado a que el operador cuente con licencia local vigente cuando se requiera y haya recibido el briefing técnico correspondiente.

Responsabilidad: el uso de juguetes náuticos, tenders, motos acuáticas y embarcaciones auxiliares se realiza al riesgo y responsabilidad exclusivos del charterer y huéspedes. YACHTSMX®, capitán, tripulación y propietario quedan liberados de toda responsabilidad por daños a personas, terceros, otras embarcaciones, la propia embarcación fletada o multas derivadas del uso indebido. El charterer acuerda indemnizar y mantener libre de daños a YACHTSMX® de cualquier reclamación derivada de estas actividades.

XI · Pesca deportiva

Cuando el itinerario incluya pesca deportiva, se realizará bajo un enfoque catch and release para especies protegidas (marlín, pez vela, dorado fuera de temporada) y dentro de los límites de talla y temporada establecidos por CONAPESCA. La embarcación porta el permiso correspondiente.

XII · Mascotas

El abordaje de mascotas no está autorizado salvo que YACHTSMX® otorgue aprobación expresa previa por escrito y se cumplan condiciones específicas (tamaño, certificado veterinario, transportadora propia, depósito incrementado). Los animales de asistencia certificados son admitidos conforme a la ley aplicable.

XII · Equipaje y bolsas

Se recomienda abordar con bolsas de tela suaves de tamaño moderado. El equipaje rígido grande debe coordinarse con anticipación. Líquidos, perfumes y productos de bronceado en aerosol con componentes inflamables deben permanecer cerrados y alejados de áreas técnicas.

XII · Pertenencias y valores

El charterer es responsable de la custodia de sus pertenencias y valores y los de sus huéspedes durante todo el servicio. La tripulación está enfocada en la operación y seguridad y no puede asumir la custodia. Para artículos de alto valor, informar a la tripulación al abordar para resguardarlos en la caja fuerte a bordo cuando esté disponible. YACHTSMX® no es responsable por pérdida, extravío o daño a pertenencias personales.

XIII · Condiciones climáticas: autoridad

La autoridad que regula la apertura y cierre de puertos en todo México es la Secretaría de Marina a través de la Capitanía de Puerto. Sus determinaciones son definitivas.

XIII · Cierre de puerto

Cuando la Capitanía declare cierre por amenaza meteorológica (huracán, tormenta tropical, viento sostenido superior a límites operativos) izando bandera roja, el zarpe se reagendará sin costo o, a elección del cliente, se transferirá a otra fecha disponible. No aplican reembolsos en efectivo.

XIII · Condiciones marginales

Con lluvia ligera, cielos nublados o vientos moderados que no impliquen riesgo y con puerto abierto, el zarpe se mantiene. Si el cliente cancela por mal clima subjetivo, no aplica reembolso. Si el cliente avisa con al menos dos (2) horas de anticipación al zarpe que prefiere reagendar por condiciones, YACHTSMX® hará esfuerzos razonables por mover la reserva sin costo adicional, sujeto a disponibilidad.

XIII · Vientos locales

Las operaciones en La Paz consideran el característico viento nocturno coromuel. Su intensidad puede modificar el plan de fondeo. Las operaciones en Cabo San Lucas consideran el oleaje de fondo y los efectos de vientos del norte durante temporada invernal. El capitán ajustará la ruta y el itinerario en consecuencia.

XIII · Criterio del capitán

Independientemente del estatus del puerto, si el capitán considera que las condiciones a lo largo de la ruta planeada presentan riesgo razonable para pasajeros o embarcación, podrá modificar el itinerario, acortar la travesía o regresar a puerto. Es decisión operativa y no genera derecho a reembolso.

Capítulos XIV a XVII

Daños, emergencias, ambiente y salud

Cuidado de la embarcación, procedimientos de emergencia, áreas protegidas y protocolo sanitario.

XIV · Daños y depósito de seguridad

El charterer y huéspedes se comprometen a hacer un uso cuidadoso y razonable de la embarcación, mobiliario, electrónica, blancos, vajilla, juguetes náuticos y demás accesorios.

  • Los daños por mal uso, negligencia o dolo serán cubiertos en su totalidad por el charterer al finalizar el servicio.
  • Para charters multi-día o eventos con alta densidad de huéspedes, YACHTSMX® podrá solicitar un depósito de seguridad previo al zarpe, cuyo monto se acordará en contrato. El depósito se devuelve al final del servicio una vez verificada la condición de la embarcación.
  • La tripulación documentará el estado de la embarcación antes y después del servicio en bitácora, con fotografías cuando aplique.
  • Derrames de bebidas, vómito, sangre u otros fluidos en cojines, tapicería o cubierta pueden generar un cargo de limpieza profunda equivalente al costo del servicio especializado.
  • La pérdida o daño total de chalecos, equipo de snorkel o juguetes náuticos se cobrará al charterer al costo de reposición.

XV · Procedimientos de emergencia

La tripulación está capacitada para responder a las contingencias más frecuentes en el medio marino. En una emergencia, la regla fundamental es mantener la calma y seguir las instrucciones del capitán sin discutir.

XV · Hombre al agua

  • Quien detecte el incidente gritará la alerta y mantendrá contacto visual continuo con la persona en el agua, señalando con brazo extendido.
  • La tripulación lanza un aro salvavidas con luz auto-igniciable y línea flotante.
  • El capitán ejecuta la maniobra de retorno (Williamson, Anderson o Scharnow) y detiene cualquier hélice cercana.
  • Una vez asegurado el contacto, se realiza el rescate por plataforma de baño, escalera o sistema de izaje.

XV · Incendio

  • Activar alarma audible y reunir a todos los pasajeros en el punto designado.
  • Cortar suministro eléctrico al compartimento afectado y, en su caso, el flujo de combustible.
  • Personal de tripulación atacará el fuego con extintores adecuados al tipo de incendio.
  • Si no puede contenerse, el capitán ordenará abandono ordenado de la embarcación.

XV · Falla mecánica

  • El capitán informará calmadamente y con transparencia a los pasajeros sobre la naturaleza del incidente y las opciones disponibles.
  • Cuando la falla sea reparable a bordo, la operación se reanudará bajo autorización del capitán.
  • Cuando la falla impida continuar, se gestionará embarcación de apoyo o remolque a puerto y se reembolsará proporcionalmente el tiempo no utilizado, conforme al Capítulo XIX.

XV · Emergencia médica

  • La tripulación brindará primeros auxilios usando el botiquín a bordo.
  • El capitán establecerá comunicación VHF con la Capitanía de Puerto y servicios médicos en tierra.
  • Si es necesario, se ajustará la ruta y se hará desembarco de emergencia en el muelle más cercano, donde se coordinará atención médica.

XV · Abandono de embarcación

  • Solo por orden expresa del capitán.
  • Todos los pasajeros deben usar chaleco salvavidas correctamente ajustado.
  • El abordaje a balsa salvavidas o tender se hará en orden, dando prioridad a menores, personas con movilidad reducida y mujeres embarazadas.
  • Una vez fuera de la embarcación, permanecer agrupados, aplicar procedimientos de conservación de calor y esperar rescate.

XVI · Política ambiental y compromiso MARPOL

El Mar de Cortés es uno de los ecosistemas marinos más biodiversos del planeta. YACHTSMX® opera bajo el principio de no dejar rastro: la única huella de nuestras experiencias debe ser el recuerdo de la travesía.

  • Está prohibido arrojar plásticos, colillas, vidrio, residuos orgánicos, aceites o cualquier sustancia contaminante al mar.
  • La embarcación cuenta con sistemas de retención de aguas negras y grises, así como contenedores separados de residuos.
  • Los residuos se descargan en los puntos de recolección de la marina al regresar a puerto.

XVI · Áreas Naturales Protegidas en B.C.S.

  • Parque Nacional Archipiélago Espíritu Santo: el ingreso requiere brazalete oficial emitido por CONANP. La capacidad de visitantes es limitada por zona, se prohíbe extraer flora, fauna, conchas, arena o coral, y deben respetarse las distancias de avistamiento de lobos marinos en Los Islotes.
  • Parque Nacional Cabo Pulmo: arrecife de coral en recuperación. Está prohibido anclar sobre la formación coralina, pescar, contactar coral y usar protectores solares no biodegradables.
  • Zona Marina del Archipiélago Espíritu Santo: velocidades reducidas cerca de colonias de aves y mamíferos marinos.

XVI · Observación responsable de vida silvestre

Durante temporada de ballena gris, ballena jorobada y orca, la observación se realiza solo con permiso de avistamiento emitido por SEMARNAT y conforme a la NOM-131-SEMARNAT-2010. Distancias mínimas, tiempos máximos de observación y velocidad de aproximación no son negociables. Al interactuar con lobos marinos, tiburones ballena o tortugas marinas, no se permite tocar, alimentar ni perseguir individuos.

XVI · Protectores solares y cosméticos

Se recomienda el uso exclusivo de protectores solares biodegradables libres de oxibenzona y octinoxato, especialmente al entrar al agua dentro de áreas protegidas o sobre arrecifes coralinos.

XVII · Higiene general

  • Cada embarcación se desinfecta antes y después de cada servicio en superficies de contacto frecuente.
  • La tripulación provee gel antibacterial en puntos visibles para uso de pasajeros.
  • El servicio de alimentos cumple buenas prácticas de manejo y cadena de frío.

XVII · Personas con condiciones médicas

Las personas con condiciones cardiacas, hipertensión severa, alergias graves o embarazo deben reportarlo con antelación. YACHTSMX® se reserva el derecho de solicitar consentimiento informado adicional para participar en actividades acuáticas.

XVII · Mareo

El mareo es común entre personas no acostumbradas a la navegación. Se recomienda hidratación, evitar alcohol antes del zarpe, comer ligero, mirar al horizonte y consultar a su médico sobre tomar un antiemético previamente. La tripulación cuenta con medicamentos de venta libre en el botiquín.

XVII · Contingencia sanitaria

Ante una emergencia sanitaria declarada por la Secretaría de Salud o autoridades locales, YACHTSMX® aplicará las medidas adicionales que se determinen (cubrebocas en muelle, distanciamiento al abordar, capacidad reducida), y podrá reagendar servicios sin cargo cuando exista impedimento legal para operar.

Capítulos XVIII a XXI

Seguro, cancelaciones y jurisdicción

Cobertura y exclusiones, cancelaciones y fallas, aceptación digital, datos personales y disposiciones finales.

XVIII · Cobertura

Cada embarcación cuenta con póliza de seguro vigente conforme al Reglamento de la Capitanía de Puerto correspondiente, con responsabilidad civil a terceros, cobertura de casco y maquinaria, según el tipo de operación. Copia del certificado se muestra a la autoridad cuando se requiere.

XVIII · Exclusiones

La cobertura del seguro no aplica en las siguientes circunstancias, que recaen enteramente en la persona directamente responsable del evento:

  • Accidentes derivados de no observar este Reglamento o instrucciones de tripulación.
  • Nadar en estado de embriaguez o bajo influencia de sustancias.
  • Saltar desde alturas no autorizadas, brincar desde flybridge, mástiles o estructuras superiores.
  • Saltar al mar mientras la embarcación está en marcha.
  • Uso indebido de juguetes náuticos, motos acuáticas o tenders.
  • Exposición voluntaria a riesgos evidentes.
  • Daño intencional a la embarcación o terceros.

XVIII · Cláusula hold-harmless

El charterer y cada huésped liberan a YACHTSMX®, propietario de embarcación, capitán, tripulación y colaboradores de toda responsabilidad por accidentes, lesiones, daños o reclamaciones derivadas del incumplimiento de este Reglamento, falta de cuidado personal, exposición voluntaria a riesgos o cualquier acto que comprometa su integridad o la de terceros. Asimismo acuerdan indemnizar y mantener libre de daños a YACHTSMX® de cualquier reclamación, multa, sanción administrativa o gasto derivado de su conducta a bordo, incluyendo publicaciones en redes sociales con afirmaciones inexactas o difamatorias.

XIX · Política de cancelación por parte del cliente

  • El anticipo del cliente cubre gastos operativos, permisos, combustible, suministros e insumos que YACHTSMX® incurre por adelantado; por lo tanto, no aplica reembolso por cancelaciones ajenas a la operación.
  • Como alternativa, el zarpe puede reagendarse a una fecha posterior dentro de los tiempos y disponibilidad acordados, sin cargo adicional cuando se solicite con al menos cuarenta y ocho (48) horas de anticipación.
  • Cancelaciones por enfermedad, contratiempo personal o decisión voluntaria del cliente seguirán la política de reagendamiento, sin reembolso en efectivo.

XIX · Cancelación por causa imputable a YACHTSMX

En el caso excepcional de que YACHTSMX® no pueda prestar el servicio por causas imputables a la empresa (falla mecánica irreparable antes de zarpar, indisponibilidad de tripulación, detención administrativa de la embarcación), el cliente puede elegir entre:

  • Reagendamiento sin costo.
  • Sustitución por otra embarcación de la flota dentro del mismo presupuesto, sujeto a disponibilidad.
  • Reembolso total del anticipo.

XIX · Falla durante el servicio

Los términos comerciales de depósito y reagendamiento se establecen en los Términos y Condiciones (yachtsmx.com/terms).

  • Si la falla ocurre al inicio de la ruta y es factible reagendar, se ofrecerá esta opción sin costo.
  • Si la falla ocurre a media ruta y debe interrumpirse la operación, el cliente recibirá reembolso proporcional por el tiempo no utilizado.
  • Cuando aplique, se gestionará embarcación de apoyo o remolque a puerto. Es esencial mantener la calma y seguir las instrucciones del capitán.
  • El cliente acepta que las fallas mecánicas en el medio marino son contingencias operativas inherentes y que YACHTSMX® hace todo esfuerzo razonable por mitigarlas. No procederán acciones legales por este motivo más allá del reembolso proporcional descrito.

XX · Aceptación electrónica

Este Reglamento puede aceptarse electrónicamente al confirmar la reserva en yachtsmx.com, firmar el contrato de charter mediante plataforma de firma electrónica con valor probatorio (NOM-151 / firma electrónica avanzada) o marcar la casilla de aceptación en el formulario digital correspondiente. La aceptación electrónica tiene los mismos efectos legales que una firma autógrafa, conforme al Código de Comercio y la Ley de Firma Electrónica Avanzada.

XX · Datos personales

Los datos personales recabados (nombre, identificación, datos de contacto, información médica relevante, lista de pasajeros) serán tratados conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y el Aviso de Privacidad. Su finalidad es la prestación del servicio náutico, el cumplimiento de obligaciones legales ante la Capitanía de Puerto y la atención de emergencias. El cliente conserva en todo momento sus derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición).

XX · Material fotográfico y audiovisual

Durante el servicio, YACHTSMX® puede realizar registros fotográficos y audiovisuales con fines operativos. Se solicitará consentimiento expreso por escrito para uso comercial o publicitario de imágenes en las que aparezcan personas identificables. Los clientes que no deseen aparecer en material promocional pueden manifestarlo en cualquier momento.

XXI · Jurisdicción y vigencia

Para todo lo relativo a la interpretación, aplicación y cumplimiento de este Reglamento, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales del lugar donde YACHTSMX® tiene su domicilio social, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por su domicilio presente o futuro.

Este Reglamento entra en vigor al publicarse en yachtsmx.com y aplica a todas las reservas confirmadas posterior a esa fecha.

XXI · Modificaciones

YACHTSMX® se reserva el derecho de modificar este Reglamento en cualquier momento para incorporar actualizaciones regulatorias, mejores prácticas operativas o ajustes derivados de la experiencia. La versión vigente siempre será la publicada en yachtsmx.com, identificada por número de versión y fecha.

XXI · Disposiciones supletorias

Para todo lo no previsto en este Reglamento, aplicarán en ese orden: el contrato de charter, la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, las Normas Oficiales Mexicanas vigentes, las convenciones internacionales referidas y los usos y costumbres del comercio marítimo internacional.

Que cada zarpe sea un acto de respeto al mar y un compromiso con quienes confían a bordo.

Preguntas

Preguntas sobre seguridad a bordo

¿Quién decide si se zarpa con mal clima?

La Capitanía de Puerto (Secretaría de Marina) abre y cierra los puertos y sus determinaciones son definitivas. Con el puerto abierto, el capitán tiene la última palabra: si considera que hay riesgo razonable en la ruta, puede modificar el itinerario, acortar la travesía o regresar a puerto.

¿Qué pasa si la Capitanía cierra el puerto?

El zarpe se reagenda sin costo o, a elección del cliente, se transfiere a otra fecha disponible. No aplican reembolsos en efectivo.

¿Hay chalecos salvavidas para niños?

Sí. Hay un chaleco por cada persona a bordo, más repuestos, en tallas adulto, niño e infante. Los menores deben usarlo durante actividades acuáticas y en cubiertas exteriores sin barandales completos, siempre supervisados por un adulto responsable.

¿Qué información debo enviar antes del charter?

Al menos 24 horas antes: lista de pasajeros con nombre, edad, nacionalidad e identificación oficial, un contacto en tierra para emergencias e información médica relevante. Llega al muelle al menos 30 minutos antes.

¿Se puede tomar alcohol a bordo?

Sí, con moderación y solo para adultos en edad legal. La tripulación puede suspender el servicio ante signos evidentes de intoxicación, y está prohibido entrar al agua o usar juguetes náuticos en estado de embriaguez.

¿Puedo volar un dron en Espíritu Santo?

No. La operación de drones requiere autorización escrita previa y está estrictamente prohibida sobre el Parque Nacional Archipiélago Espíritu Santo y Cabo Pulmo, conforme a las disposiciones de CONANP.

¿Qué hago si me mareo?

Se recomienda hidratarse, evitar alcohol antes del zarpe, comer ligero, mirar al horizonte y consultar a tu médico sobre tomar un antiemético previamente. La tripulación tiene medicamentos de venta libre en el botiquín.

¿Se permiten mascotas?

Solo con aprobación expresa previa por escrito de YACHTSMX® y condiciones específicas (tamaño, certificado veterinario, transportadora propia, depósito incrementado). Los animales de asistencia certificados son admitidos conforme a la ley.

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MX +52 612 194 3067·US +1 619 391 0399·08:00 – 20:00